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Icon Cafe Condenan a una agencia de viajes a indemnizar a una familia bilbaína que se encontró

Un juzgado de Bilbao ha condenado a una agencia de viajes a indemnizar con 5.313 euros a una familia que, al reservar un hotel en la Rivera Maya, no fue advertida de que la playa en la que se ubica estaba infectada de algas marinas. Los afectados pusieron de relieve que la costa era precisamente el «principal atractivo de la zona» y que no se les ofreció «ninguna alternativa de realojamiento». La familia, una pareja y su hijo, reservó en 2019 un hotel en la Playa del Carmen con la intención de practicar buceo, entre otras actividades. Unos planes que se frustraron debido a la plaga del «sargazo», un tipo de microalga que en los últimos años ha causado estragos en aguas de México. La acusación, encabezada por la asociación vasca de personas consumidoras EKA/ACUV, destacó que a la familia no se le ofreció «ninguna alternativa de realojamiento en otro hotel cuya playa no tuviera esa afectación», ni tampoco se llevaron a cabo en el establecimiento principal «las operaciones de limpieza que eran necesarias». Tras interponer la demanda, la agencia de viajes alegó que este fenómeno es «bastante impredecible», y defendió que había cumplido con las obligaciones que le incumbían en el contrato, «entre las que no se encuentra informar a los clientes» acerca de este tipo de hechos. En la sentencia, adelantada por El Correo y a la que ha tenido acceso este periódico, el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Bilbao considera probado que la agencia «no informó a los actores de la existencia de este fenómeno en el momento de la contratación ni en los días previos a la salida» pese a que «ya se estaba desarrollando en las playas de la zona de destino». A su vez, la juez subraya que una vez se puso en conocimiento del problema al representante de la organizadora «no se obtuvo respuesta satisfactoria» ni constan razones de que fuese imposible un cambio de hotel. El juzgado no considera probada la inhabilidad total del contrato con la agencia dado que la familia pudo disfrutar de otras actividades y servicios del hotel, que se contrató en régimen de todo incluido y que contaba con piscinas y restaurantes. Además, los afectados tenían oportunidad de desplazarse a otras playas contiguas en las que sí se realizaban labores de limpieza. «Por tanto, incluso aunque el problema de las algas se mantuviera durante toda la estancia, no puede admitirse la tesis de una total frustración del fin del contrato que justifique la devolución del importe pagado», subraya.De esta forma, el juzgado estimó parcialmente la demanda interpuesta por EKA/ACUV y condenó a la agencia a pagar a la familia la cantidad de 5.373 euros más intereses legales. 2.613 euros son por el cumplimiento defectuoso del contrato, y el resto por los daños morales causados. «En este tipo de viajes en los que se pretende el disfrute de las vacaciones, la frustración siquiera parcial de las expectativas genera un daño psíquico que ha de ser resarcido», alega. No se trata de una sentencia firme, pues todavía cabe la posibilidad de que se recurra. «No hay que tragar con todo»Iñaki Velasco, el abogado de EKA/ACUV que ha ejercido como parte demandante, enfatiza el hecho de que el juzgado haya reconocido el daño moral causado a la familia: «La gente no tiene por qué tragar con todo al contratar un viaje», explica el letrado a ABC. En este sentido, confía en que esta sentencia anime a otros afectados a reclamar en caso de que no hayan visto satisfechas las expectativas de su viaje por este tipo de motivos.

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