Normas del foro apurados.com
Prohibida la publicación de claves , de sofware y de informaciones para el pirateo. El Uso De Estos Foros Requiere La Obligada Lectura Y Aceptación De Estas Normas Normas
Presentaciones del foro
""MUY IMPORTANTE"" (Atención todo aquel usuario que se registre debe Pasarse Por Presentaciones y Presentarte a los Compañeros de lo contrario será baneado y borrada su cuenta. PRESÉNTATE

Retroceder   apurados.com > El mundo > Economía

Economía Todo sobre la economia

JnjSite.com: Nueva versión del sencillo mensaje de aceptar cookies para tu web
Respuesta
 
Herramientas Desplegado
  #1  
Antiguo 24-Sep-2020, 08:56
Avatar de SHAKIRA
SHAKIRA SHAKIRA está desconectado
MODERADORA Noticias y salon
 
Fecha de Ingreso: 14-August-2019
Ubicación: Madrid
Mensajes: 16,258
Gracias: 7
Agradeció 17 veces en 11 publicaciones
Icon Cafe Pasos para formalizar un préstamo entre familiares sin tener que pagar el impuesto de

Al realizar un préstamo entre familiares, por ejemplo, de padres a hijos pueden surgir diferentes dudas de índole fiscal. En principio, el dinero prestado entre familiares no está sujeto al impuesto de Donaciones siempre y cuando se devuelva en el plazo acordado. En consecuencia, si Hacienda descubre que se trata de una donación encubierta, procederá a emitir una sanción y obligará al pago del tributo correspondiente.Al respecto, los expertos iAhorro recuerdan que en respuesta a diferentes consultas, la Agencia Tributaria ha contestado que si se formaliza y devuelve el préstamo, el mero vínculo familiar no implica una donación encubierta. Asimismo, la Dirección General de Tributos remarcó en una consulta vinculante en 2012 en relación a un préstamo sin intereses entre familiares que «el mero hecho de la existencia de un vínculo familiar entre las partes no implica sin más la existencia de una donación encubierta». -Eso sí, desde la Dirección General de Tributos recuerdan que debe formalizarse el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelo 600), aunque no se deberá abonar por estar exento de tributación.Entre los pasos para evitar que Hacienda considere un préstamo entre familiares como una donación encubierta lo primero que hay que hacer es fijar los plazos de devolución del dinero y cumplirlos a rajatabla. Todos los requisitos de la operación deben quedar registrados en un documento e incluir la cuantía, los plazos de reembolso y los intereses, en caso de que los haya. Si el préstamo es gratuito se deberá plasmar en el contrato realizado entre los préstamos, tal y como puntualizan desde Helpmycash.com. «De lo contrario Hacienda podría presuponer que el préstamo se ha constituido con un interés igual al del precio legal del dinero, que actualmente es del 3%, de acuerdo con el artículos 40 de la Ley del IRPF», avisan en el comparador bancario.Desde reclamador.es inciden, además, en que los plazos marcados para el reembolso deben ser realistas, ya que si son muy largos, Hacienda puede llegar a sospechar de un préstamo ficticio. En este sentido, ponen como ejemplo el caso de un padre de 80 años que presta dinero a su hijo con un periodo de amortización de 40 años.A la hora de cumplimentar el contrato privado se puede recurrir al asesoramiento de un despacho de abogados o gestoría administrativa o bien, utilizar alguno de los modelos que diferentes asociaciones de consumidores tienen en sus páginas web. El contrato no se deberá elevar a escritura publica, pero sí es conveniente registrarlo y que la Administración lo selle, señalan desde Helpmycash.com. Por otro lado, dejar por escrito el préstamo no solo evitará que Hacienda lo considere como una donación encubierta, también servirá para evitar impagos en el futuro en el caso de que haya conflictos entre los familiares firmantes.También se aconseja incluir claúsulas ante la posibilidad de pactar una prórroga adicional si llegado el vencimiento la deuda no se abonado o por si acontence cualquier circunstancia no prevista, tal y como puntualizan los expertos de Helpmycash.com. Diferencias autonómicasNo obstante, si un familiar quiere regalar el dinero a otro y no le exige la devolución posterior, será necesario optar por la donación. En este caso, habrá que recurrir al notario para formalizar la operación y abonar el impuesto correspondiente. La cuantía a pagar dependerá de la región en la que se resida y que el impuesto de Donaciones no es homogéneo en España, con comunidades en las que se paga más que otras. Por ejemplo, en Cantabria no se paga nada y en Madrid, Murcia y Castilla La Mancha la tributación es muy baja. Tal y como recoge la OCU en un informe, hay un siguiente grupo con tributación superior a las anteriores, pero reducida con respecto a otras, en el que se incluyen País Vasco, Navarra y Castilla La Mancha. En la siguiente categoría, con una mayor tributación, se encuentran Baleares, Galicia, Cataluña y La Rioja. El último grupo está formado por seis comunidades con una tributación mucho mayor Castilla y León, Extremadura, Aragón, Asturias, la Comunidad Valenciana y Canarias.Adelantar donacionesEl pasado junio, y ante la posibilidad de que se suba en un futuro el impuesto de Sucesiones y Donaciones para homogeneizarlo entre los distintos territorios, la OCU aconsejaba valorar para este ejercicio «la opción de donar bienes inmuebles a los descendientes para reducir lo máximo posible el impuesto que se ha de pagar al heredarlos». Otra de las ventajas fiscales mencionadas por la asociación respecto a la donación es que un reparto de bienes inmuebles permita reducir el coste del impuesto de Patrimonio para aquellos contribuyentes que están ahora sujetos al mismo. «La opción de hacer donaciones en vida adquiere más sentido si cabe cuando existe la posibilidad de que haya un endurecimiento fiscal, que afecte tanto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones como al Impuesto sobre el Patrimonio o a una nueva figura similar», señalan desde la asociación.

[Solo los usuarios registrados y activados pueden ver los enlaces. Haga clic aquí para registrarse ... ]





[Solo los usuarios registrados y activados pueden ver los enlaces. Haga clic aquí para registrarse ... ]
Responder Citando
Respuesta


Normas de Publicación
No puedes crear nuevos temas
No puedes responder mensajes
No puedes subir archivos adjuntos
No puedes editar tus mensajes

Los Códigos BB están Activado
Las Caritas están Activado
[IMG] está Activado
El Código HTML está Desactivado

Ir al Foro

La franja horaria es GMT +2. Ahora son las 23:26.
Powered by : vBulletin; Versión 3.8.11
Copyright ©2000 - 2024, Jelsoft Enterprises Ltd.
Shoutbox provided by vBShout v6.2.18 (Lite) - vBulletin Mods & Addons Copyright © 2024 DragonByte Technologies Ltd.
@apurados.com
Design by HTWoRKS
Modificado por Apurados