Quedan muchas dudas en el aire tras la decisión del Tribunal Supremo sobre las hipotecas referenciadas al IRPH. El Alto Tribunal ha dictaminado que en los préstamos ligados al IRPH no existe abusividad, aunque sí falta de transparencia. La Sala Primera del Supremo se ha pronunciado así en el Pleno convocado para hoy, aunque no se ha hecho pública todavía la sentencia. La co-directora legal de reclamador.es Almudena Velázquez, interpreta, a falta de conocer la sentencia en profundidas, que el Alto Tribunal «da una vez más la espalda a los consumidores». «Nos produce una absoluta decepción y estupor la decisión del Tribunal Supremo, que deja desprotegidos a los afectados por IRPH en España», señala Velázquez. «El Alto Tribunal, según la nota de prensa, aprecia que existe falta de transparencia en los casos que ha seguido pero no considera la cláusula abusiva. Nos falta examinar la sentencia para poder pronunciarnos sobre cuáles han sido los elementos que ha tenido en cuenta el Supremo para considerar que la cláusula no es abusiva», sostiene Velázquez. Desde reclamador.es calculan que en España hay en la actualidad un total de 300.000 préstamos hipotecarios que siguen en la actualidad referenciados a este índice.Revisar caso por casoEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció el pasado marzo que los jueces españoles debían revisar caso por caso si las hipotecas con un índice IRPH se comercializaron de forma abusiva. Con esa sentencia se abría la puerta para reclamar en los contratos hipotecarios en los que los bancos lo incluyeron sin explicar al cliente cómo se calculaban las cuotas. Con la sentencia del Supremo, ahora queda en el aire que los afectados puedan recuperar todo lo pagado de más.Por su parte, la Asociación Española de Banca (AEB) valoró en marzo la sentencia del TJUE consideraba «plenamente válida la utilización del índice IRPH para configurar el tipo de interés en los préstamos hipotecarios». La AEB ya interpretó entonces que cuando un juez considerara que en un caso concreto la cláusula no fue transparente, el efecto final sería la sustitución del IRPH cajas (o del IRPH bancos, según el caso) aplicado, por el IRPH entidades, cuyo valor es prácticamente idéntico.
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